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Ministerio de Justicia elimina acuerdo para audiencias virtuales desde cárceles: ¿Qué cambia para el Poder Judicial?

7 ago
2 min de lectura

El Ministerio de Justicia y Paz anunció la disolución del acuerdo que permitía al Poder Judicial realizar audiencias virtuales con personas privadas de libertad desde los centros penitenciarios, una decisión que podría modificar la logística de numerosos procesos judiciales en el país.



Aunque el anuncio ha generado dudas, es importante aclarar que las audiencias virtuales no desaparecen del sistema judicial costarricense. Lo que queda sin efecto es el convenio de coordinación entre ambas instituciones que facilitaba la conexión por videoconferencia desde los establecimientos penitenciarios.


¿Qué son las audiencias virtuales?


Las audiencias virtuales son actos judiciales que se desarrollan mediante plataformas tecnológicas autorizadas por el Poder Judicial, permitiendo que jueces, fiscales, defensores, abogados, testigos y otras partes participen a distancia, siempre bajo las garantías del debido proceso.


Este mecanismo comenzó a utilizarse de forma más amplia durante la pandemia por COVID-19 y posteriormente se consolidó como una herramienta para agilizar la administración de justicia en diferentes materias.


Su respaldo legal


La modalidad virtual tiene sustento en el ordenamiento jurídico costarricense y en la normativa administrativa del Poder Judicial.


Su aplicación encuentra fundamento en:


* La Constitución Política, que garantiza el acceso a la justicia y el debido proceso.

* La Ley Orgánica del Poder Judicial.

* Los diferentes códigos procesales, que permiten el uso de herramientas tecnológicas cuando no se afecten los derechos de las partes.

* Protocolos, lineamientos y circulares emitidos por la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Superior para regular el desarrollo de audiencias mediante videoconferencia.


Estas normas buscan asegurar la identificación de los participantes, la publicidad del acto cuando corresponda, la grabación oficial de la audiencia y el respeto de los derechos procesales.


¿Por qué eran importantes en los centros penitenciarios?


El convenio entre el Ministerio de Justicia y el Poder Judicial permitía que las personas privadas de libertad comparecieran ante los tribunales sin necesidad de ser trasladadas físicamente desde la cárcel.


Esta modalidad ofrecía varias ventajas:


* Reducía riesgos de seguridad durante los traslados.

* Disminuía costos operativos para el Estado.

* Agilizaba la programación de audiencias.

* Evitaba suspensiones por problemas logísticos.


¿Qué cambia ahora?


Con la eliminación del acuerdo, el Poder Judicial deberá coordinar nuevos mecanismos para la comparecencia de personas privadas de libertad.


En la práctica, esto podría traducirse en un mayor número de traslados físicos hacia los tribunales o en la negociación de nuevos procedimientos entre ambas instituciones para mantener el uso de herramientas tecnológicas.


Hasta el momento, las autoridades no han informado cuál será el mecanismo que sustituirá el convenio ni cómo se evitarán eventuales atrasos en los procesos judiciales.


Un tema que genera debate


Especialistas en administración de justicia han señalado en distintas ocasiones que las audiencias virtuales representan una herramienta para hacer más eficiente el sistema judicial, siempre que no se vulneren las garantías del debido proceso.


Ahora, la atención se centra en cómo el Ministerio de Justicia y el Poder Judicial reorganizarán esta coordinación para evitar que la medida tenga impacto en la continuidad y agilidad de los procesos penales.


Aló Noticias | La Voz del Pueblo


¿Considera que las audiencias virtuales deberían mantenerse para agilizar los procesos judiciales o cree que todas las audiencias deben realizarse de manera presencial? Déjenos su opinión en los comentarios.

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